Artículo 2°-Son objetivos de la Comisión de los Granos Básicos:
Artículo 2°-Son objetivos de la Comisión
de los Granos Básicos:
1°-Promover la organización de los
productores de granos básicos con el propósito de que participen conjuntamente
con el Sector Público en la proposición y formulación de políticas relacionadas
con el desarrollo de sus actividades;
2°-Recomendar mecanismos que regulen las
relaciones entre los productores, industriales y consumidores de los granos
básicos.
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