Artículo 2°-Son objetivos de la Comisión de Oleaginosas:
Artículo 2°-Son objetivos de la Comisión
de Oleaginosas:
1) Promover la organización de los
productores de oleaginosas con el propósito de que participen conjuntamente con
el Sector Público en la proposición y formulación de políticas relacionadas con
el desarrollo de sus actividades; y
2) Recomendar mecanismos que regulen las
relaciones entre los productores, industriales y consumidores de las
oleaginosas.
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