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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 10157 >> Fecha 19/06/1979 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 10157 - Articulo 20
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Artículo 20    (No vigente*)
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Artículo 20

Artículo 20.-Las normas generales de funcionamiento de los Consejos Regionales y Subregionales de Desarrollo serán establecidas en un Decreto Ejecutivo. Dicho decreto deberá ser elaborado por la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica.

 


 

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