Artículo 6°-Conforme a lo establecido en la Ley de Planificación
Nacional, todos los organismos del sector público colaborarán
Artículo 6°-Conforme a lo establecido en
la Ley de Planificación Nacional, todos los organismos del sector público
colaborarán en sus respectivos ámbitos de competencia en los planes de
desarrollo regional y subregional, y coadyuvarán para que se ejecuten las
políticas del Gobierno en ese campo, y los lineamientos emanados del Consejo
Nacional de Desarrollo Regional.
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