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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15227 >> Fecha 13/02/1984 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15227 - Articulo 22
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Artículo 22    (No vigente*)
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Artículo 22

Artículo 22.-El funcionamiento de los Consejas Regionales de Desarrollo se ajustará a lo establecida en los artículos del 49 al 58 inclusive de la Ley de la Administración Pública, que regulan los órganos colegiados.


 

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