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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15227 >> Fecha 13/02/1984 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15227 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
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Transitorio l

Transitorio l.-Dentro de los 45 días hábiles posteriores a la publicación de este decreto MIDEPLAN, levantará a nivel regional la lista de los representantes de las organizaciones de base y productivas que podrán formar parte del Consejo de Desarrollo.


 

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