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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15076 >> Fecha 19/10/1983 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15076 - Articulo 8
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Articulo 8°-Rige a partir de su publicación

Articulo 8°-Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los diecinueve dias del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres.

 

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