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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 10840 >> Fecha 14/11/1979 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 10840 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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Artículo 9°-El Consejo Nacional Sectorial Agropecuario y de Recursos Naturales Renovables, se reunirá ordinariamente por lo me

Artículo 9°-El Consejo Nacional Sectorial Agropecuario y de Recursos Naturales Renovables, se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cada vez que sea convocado por el Presidente del Consejo.

El Consejo establecerá sus propios procedimientos y normas de trabajo, que deberá formular mediante reglamento interno.

 


 

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