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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 10840 >> Fecha 14/11/1979 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 10840 - Articulo 10
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Artículo 10    (No vigente*)
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Artículo 10

Artículo 10.-Los miembros del Consejo Nacional Sectorial Agropecuario y de Recursos Naturales Renovables, realizarán sus funciones ad honórem y serán juramentados por el Presidente de la República.


 

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