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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14263 >> Fecha 04/02/1983 >> Articulo 40
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14263 - Articulo 40
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Artículo 40    (No vigente*)
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Artículo 40

Artículo 40.-SEPSA como coordinador de la Red de Información Agropecuaria deberá recomendar las políticas sobre normas metodológicas y procedimientos mejorados para el manejo de la información y coordinar los programas de información de los organismos nacionales para su integración en sistemas nacionales e internacionales.

 


 

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