Transitorio II
Transitorio II.-Las Unidades de
Planificación del Ministerio de Agricultura y Ganadería, Consejo Nacional de
Producción e Instituto de Desarrollo Agrario, con la asesoría de SEPSA, para el
30 de junio de este año deberán contar con la metodología de formulación, control
y evaluación de sus respectivos Planes Anuales Operativos.
Dado en presidencia de la República.-San
José, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y tres.
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