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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 12078 >> Fecha 28/11/1980 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 12078 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
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Transitorio l

Transitorio l.-Los miembros del Consejo Nacional de Promoción de Exportaciones e Inversiones deberán juramentarse dentro de los quince días siguientes a la publicación de este decreto. Deberán tener su primera reunión no más de ocho días después de que todos hayan sido juramentados.


 

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