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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 12357 >> Fecha 27/02/1981 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 12357 - Articulo 6
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Artículo 6°-Las solicitudes para autorización de viajes al exterior con motivo de becas de estudios deberán presentarse con qu

Artículo 6°-Las solicitudes para autorización de viajes al exterior con motivo de becas de estudios deberán presentarse con quince días hábiles de anticipación a la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica.

 


 

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