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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14559 >> Fecha 20/05/1983 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14559 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9°-Tratándose del resto de los funcionarios, la solicitud para autorización del viaje deberá estar suscrita por el Mi

Artículo 9°-Tratándose del resto de los funcionarios, la solicitud para autorización del viaje deberá estar suscrita por el Ministro o Viceministro respectivo; o por el Presidente Ejecutivo, Gerente o Director Ejecutivo; o Director Administrativo en su caso. Toda solicitud deberá venir acompañada de copia fiel del respectivo acto por el cual se ha autorizado institucionalmente el viaje.

 


 

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