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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14313 >> Fecha 15/02/1983 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14313 - Articulo 26
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Artículo 26    (No vigente*)
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Artículo 26

Artículo 26.-Habrá un Comité Técnico Intersectorial, integrado por:

 

a) El Director de la División de Planificación Sectorial de MIDE PLAN, quien lo preside; y

b) Los directores de las secretarias ejecutivas de Planificación Sectorial.

 

Tendrá a su cargo la coordinación técnica de las actividades de los distintos sectores en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo y Programa de Gobierno, así como de los planes, programas y proyectos sectoriales.


 

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