Artículo 26
Artículo 26.-Habrá un Comité Técnico
Intersectorial, integrado por:
a) El Director de la División de
Planificación Sectorial de MIDE PLAN, quien lo preside; y
b) Los directores de las secretarias
ejecutivas de Planificación Sectorial.
Tendrá a su cargo la coordinación técnica
de las actividades de los distintos sectores en la formulación, ejecución y
evaluación del Plan Nacional de Desarrollo y Programa de Gobierno, así como de
los planes, programas y proyectos sectoriales.
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