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ARTÖCULO 7§.-Las funciones del Consejo Nacional Sectorial
de Vivienda y
Asentamientos Humanos son las siguientes:
a) Analizar los problemas pol¡ticos, t‚cnicos e institucionales
del Sector Vivienda
y Asentamientos Humanos;
b) Asesorar al Ministro del Sector Vivienda y Asentamientos
Humanos en la
definici¢n de la Pol¡tica Sectorial; y
c) Pronunciarse, a petici¢n del Ministro, sobre asuntos del
ramo.
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