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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14314 >> Fecha 15/02/1983 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14314 - Articulo 16
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16

CAPITULO SEXTO

De la Secretar¡a Ejecutiva de Planificaci¢n

Sectorial del Sector Vivienda

y Asentamientos Humanos

ARTÖCULO 16.-El Sector Vivienda y Asentamientos Humanos

contar  con

una Secretar¡a Ejecutiva de Planificaci¢n Sectorial de Vivienda

y Asentamientos

Humanos, a la que corresponder  espec¡ficamente:

a) Velar por la ejecuci¢n de las pol¡ticas del Ministro de

Gobierno encargado

del Sector Vivienda y Asentamientos Humanos y cuando

corresponda,

del Consejo Nacional Sectorial y atender los lineamientos

y normas

de asesor¡a, informaci¢n y coordinaci¢n emitidos por

MIDEPLAN;

b) Elaborar los proyectos del Plan de Desarrollo y del Programa

de Gobierno

del Sector Vivienda y Asentamientos Humanos, con el aporte

y estrecha

coordinaci¢n de los departamentos y unidades de

planificaci¢n de

las instituciones del Sector;

c) Efectuar estudios a escala nacional y regional y proponer

pol¡ticas para

el Sector Vivienda y Asentamientos Humanos en concordancia

con tales

estudios,

d) Presentar informes trimestrales y anuales ante el respectivo

Ministro

Sectorial con copia al Ministerio de Planificaci¢n Nacional

y Pol¡tica Econ¢mica;

e) Analizar, evaluar y supervisar todo lo relacionado con la

cooperaci¢n

t‚cnica, las inversiones y el financiamiento externo del

Sector Vivienda y

Asentamientos Humanos y dictaminar ante el Ministerio del

Sector Vivienda,

para que ‚ste luego proceda seg£n dispone la Ley de

Planificaci¢n Nacional

N§ 5525 del 2 de mayo de 1974;

f) Establecer adecuados medios de comunicaci¢n con los entes

del Sector

Vivienda y Asentamientos Humanos y con todos los entes

p£blicos y organizaciones

privadas, comunales y cooperativas que se relacionen con el

Sector;

g) Controlar y evaluar la ejecuci¢n de la pol¡tica sectorial,

e informar al

Ministro al respecto; y

h) Establecer y mantener un centro de documentaci¢n e

informaci¢n que

permita el registro y suministro adecuado de estad¡sticas

e informaci¢n

peri¢dica al Ministro Sectorial y al Consejo Nacional

Sectorial de Vivienda

y Asentamientos Humanos para el an lisis y toma de

decisiones, dentro

del marco de referencia del Sistema Nacional de

Planificaci¢n.

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