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ARTÖCULO 33.-En caso de conflicto entre el Ministerio del
Sector y el Consejo
Regional de Desarrollo, ‚ste solicitar el criterio del Ministro
de Planificaci¢n
y en caso de no aceptar, la parte inconforme elevar el asunto
a conocimiento del Presidente de la Rep£blica, quien previa
audiencia a las
parte decidir .
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