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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14314 >> Fecha 15/02/1983 >> Articulo 34
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14314 - Articulo 34
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Artículo 34    (No vigente*)
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34

ARTÖCULO 34.-Como una forma de fortalecer la participaci¢n

popular, privada

y municipal, a nivel del Sector en la regi¢n y en adicci¢n a lo

que disponga

el Decreto Ejecutivo sobre el Subsistema de Planificaci¢n

Regional sobre

dicha participaci¢n a nivel de Consejo Regional de Desarrollo

propiamente,

existir  un Comit‚ Consultivo adscrito a cada Comit‚ Sectorial

Regional, constituido

por los mismo representantes municipales, populares y privados

estrictamente

vinculados con el Sector Vivienda y Asentamientos Humanos y que

tienen asiento en el respectivo Consejo Regional de Desarrollo.

Dicho Comit‚

Consultivo se reunir  ordinariamente una vez al mes bajo la

presidencia del

coordinador del Sector Vivienda y Asentamientos Humanos y

valorar  la marcha

del mismo, sugiriendo iniciativas tendientes a mejorar su

funcionamiento

en la regi¢n.

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