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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14314 >> Fecha 15/02/1983 >> Articulo 35
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14314 - Articulo 35
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35

CAPITULO NOVENO

De la comunicaci¢n en el Sector Vivienda y

Asentamientos Humanos

ARTÖCULO 35.-El programa o Plan de Desarrollo Sectorial debe

enmarcarse

en el Plan Nacional de Desarrollo y ser  publicado mediante

Decreto Ejecutivo,

en el diario Oficial, en el mes de febrero siguiente al cambio

de Gobierno.

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