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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14314 >> Fecha 15/02/1983 >> Articulo 36
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14314 - Articulo 36
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Artículo 36    (No vigente*)
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36

ARTÖCULO 36.-Las directrices que emitan el Presidente de la

Rep£blica,

el Poder Ejecutivo como tal, o el Ministro con aprobaci¢n del

Presidente de

la Rep£blica, ser n elaboradas por escrito con copia obligada al

Ministerio

de Planificaci¢n Nacional para su adecuado seguimiento, y ser n

asimismo publicadas

en el Diario Oficial para su necesaria comunicaci¢n p£blica y

deber n

cumplir con los siguientes requisitos de contenido y forma:

a) Se referir n a los entes descentralizados del Sector

Vivienda y Asentamientos

Humanos, sometidos legalmente a la direcci¢n gubernativa;

b) Deber n enmarcarse dentro de los objetivos y funciones

legales de los

entes descentralizados dirigidos y motivarse con fundamento

en el Plano

Nacional de Desarrollo cuando est‚ formalmente promulgado

por el Poder

Ejecutivo, o en el respectivo Programa de Gobierno y en los

planes

regionales y sectoriales de Vivienda y Asentamientos Humanos

cuando tambi‚n

est‚n formalmente promulgados;

c) Deber n concretar pol¡tica gubernamental, en forma de

objetivos, metas,

prioridades y lineamientos de pol¡tica;

d) Deber n asimismo indicar cuando sea posible los plazos y

t‚rminos en

que se espera razonablemente que se logren los resultados

que se desean;

e) Deber n, cuando corresponda, indicar las principales

acciones o modificaciones

organizativas y administrativas que los entes del Sector en

conjunto

deber n adoptar, para lograr la mejor integraci¢n de sus

esfuerzos,

o indicar lo mismo para cada ente en particular sin que esto

signifique

potestad del Poder Ejecutivo para tener ingerencia directa

en la

gesti¢n administrativa del ente; y

f) Llevar n numeraci¢n corrida desde 1 hasta el n£mero que se

alcance

al t‚rmino de cada Administraci¢n, indicando fecha y nombre

o siglas

del Sector respectivo (i.e., Directriz N§ 1, Sector Vivienda

y Asentamientos

Humanos o SEVIAH, enero, 1983).

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