Artículo 3º—El territorio nacional se clasifica en “Zonas de Mayor y
Menor Desarrollo Relativo”
Artículo
3º—El territorio nacional se clasifica en “Zonas de Mayor y Menor Desarrollo
Relativo”. Para ello se entenderá que la “Gran Área Metropolitana” -definida en
el “Plan Regional de Desarrollo Urbano” para la Gran Área Metropolitana-
constituye una zona de mayor desarrollo relativo, en tanto que para las
restantes zonas geográficas del país, se utilizan los siguientes criterios:
i. El IDS promedio simple del área urbana del “Gran Área
Metropolitana”: 67,5 puntos.
ii. El IDS promedio simple nacional: 54,2 puntos.
iii. El IDS promedio simple de las regiones periféricas: 45,6 puntos.
Los rangos del IDS para cada una de las categorías
precitadas se establecen del siguiente modo:
a) Mayor Desarrollo Relativo 100 puntos a 67,5
puntos
b) Menor Desarrollo Relativo
b.1) Nivel medio 67,4
puntos a 54,2 puntos
b.2) Nivel bajo 54,1
puntos a 45,6 puntos
b.3) Nivel muy bajo 45,5
puntos a 0 puntos
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