EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
En uso de las facultades y atribuciones que les
confieren artículos 140 incisos 3), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política
y con fundamento en lo dispuesto en artículos 25.1, 27.1 y 103 párrafo primero
de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 del 2 de mayo de
1978), 22, siguientes y concordantes de la Ley General de Control Interno (Ley
Nº 8292 de 31 de julio del 2002), en la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República (Nº 7428 de 7 de setiembre de 1994), en la Ley Contra
la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Nº 8422
de 6 de octubre del 2004), y en las Resoluciones de la Contraloría General de
la República de 8 de diciembre del 2004 (Manual de Normas para el Ejercicio de
la Auditoría Interna en el Sector Público: M-1-2004-CO-DDI), Nº R-CO-94-2006 de
17 de noviembre del 2006 (Manual de Normas Generales de Auditoría para el
Sector Público: M-2-2006-CO-DFOE) y Nº R-CO-93-2006 del 17 de noviembre de 2006
(Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento
de las Auditorías Internas del Sector Público: D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ).
Considerando:
I.—Que el marco legal que rige la actividad de
auditoría interna en los órganos y entes públicos ha tenido cambios
significativos desde la emisión de la Ley Orgánica de la Contraloría General de
la República con la promulgación de la Ley General de Control Interno y más
recientemente, con la emisión de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. También debe considerarse la
Resolución de la Contraloría General de la República de 27 de mayor de 2002
(Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de
la República y las Entidades y Órganos sujetos a su Fiscalización).
II.—Que
conforme regulaciones del artículo 23 de la Ley General de Control Interno, las
unidades de auditoría interna de las diversas instituciones públicas deben
disponer de un reglamento de organización y funcionamiento, para lo cual la
Contraloría ha emitido las Directrices Generales relativas al Reglamento de
Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público.
III.—Que
la Auditoría Interna es parte fundamental del Sistema de Control Interno del
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, así como del Sistema
de Fiscalización Superior de la Hacienda Pública. Su acción fiscalizadora
requiere ser reforzada conforme con el marco legal y técnico vigente, en
defensa del interés público.
IV.—Que
de acuerdo con el artículo 23 de la Ley General de Control Interno, dicho
Reglamento deberá ser aprobado por la Contraloría General de la República,
publicarse en el Diario Oficial y divulgarse en el ámbito institucional.
V.—Que
la Contraloría General de la República mediante oficio Nº 00324 del 17 de enero
del 2008 (DAGJ-0048-2008) dio su aprobación al presente Reglamento. Por
tanto,
Decretan:
El siguiente,
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Auditoría Interna del Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Definiciones. Para efectos del
presente Reglamento se entiende por:
a) MIDEPLAN: el Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica;
b) la Contraloría: la Contraloría General de
la República;
c) la Auditoría Interna: la unidad de
Auditoría Interna del Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica;
d) el Ministro: el Ministro de Planificación
Nacional y Política Económica;
e) el Auditor Interno: El auditor interno de
la unidad de la Auditoría Interna del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica;
f) la LGCI: la Ley General de Control
Interno Nº 8292 de 31 de julio del 2002;
g) la LOCGR: la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República Nº 7428 de 7 de setiembre de 1994;
h) la LCC: la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422 del 6 de octubre del
2004;
i) las Normas Contraloría: las
directrices, lineamientos, políticas, circulares, manuales, resoluciones y
reglamentos que emita la Contraloría General de la República dentro de sus
competencias para ordenar y regular el Sistema de Control Interno así como el
ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público; y
j) el Reglamento: el presente Reglamento
de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica.