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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34804 >> Fecha 30/08/2008 >> Articulo 8
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<<     Artículo 8
Normativa - Decreto Ejecutivo 34804 - Articulo 8
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Artículo 8    (No vigente*)
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Artículo 8°-Vigencia: Rige a partir de su publicación

Artículo 8°-Vigencia:  Rige a partir de su publicación.

           

Dado en la cuidad de Limón, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil ocho.

           

 

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