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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35056 >> Fecha 12/11/2008 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35056 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32

Artículo 32.—Celebración de la reunión de la Misión de Seguimiento y Evaluación de Proyectos. En la reunión participará el cooperante internacional, el MRREE, que dirigirá la reunión, MIDEPLAN y el enlace del Sistema de Cooperación Internacional que haya ejecutado el proyecto, o esté en proceso de ejecución. La reunión se llevará a cabo conforme la Agenda previamente aprobada por todas las partes. Se firmará un acta o minuta de la reunión, que contendrá los acuerdos alcanzados, así como el seguimiento que se dará. Esta acta o minuta será firmada por todas las partes.


 

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