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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35474 >> Fecha 26/08/2009 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35474 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—La Comisión podrá definir su Grupo Técnico Principal, el cual tendrá a su cargo la planificación y ejecución de los aspectos técnicos y científicos, incluyendo la obtención de los datos e informaciones pertinentes y elaboración de la presentación final.


 

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