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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35755 >> Fecha 13/01/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35755 - Articulo 2
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Artículo 2
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            Artículo 2º—Para fortalecer la gestión gubernamental, el Poder Ejecutivo seleccionará anualmente algunas políticas, planes, programas o proyectos de impacto en el desarrollo del país para que sean evaluados de manera especial. Estas evaluaciones serán realizadas por medio del SINE, adicionalmente a las evaluaciones que conciernen al PND. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) coordinará con las o los Ministros Rectores y con las o los jerarcas institucionales la realización de esas evaluaciones especiales.


 

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