Artículo
5º—Los Poderes Judicial y Legislativo, con inclusión de sus órganos auxiliares,
el Tribunal Supremo de Elecciones, las municipalidades y las empresas
municipales podrán contribuir con la operación del SINE, en procura de los
procesos de rendición de cuentas, del análisis del desarrollo del país y del
bienestar ciudadano.
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