Artículo 11.—El COMITÉ TÉCNICO. El COMITÉ
TÉCNICO estará integrado por tres funcionarios de MIDEPLAN y dos funcionarios
de la DGSC. Las
o los funcionarios del COMITÉ TÉCNICO serán elegidos por la o el respectivo
jerarca institucional. Podrán convocarse al COMITÉ TÉCNICO invitados
pertenecientes a otras instituciones públicas cuando se considere necesario
para el mejor funcionamiento del otorgamiento del PREMIO y del RECONOCIMIENTO.
El desempeño de los cargos de las y los miembros del COMITÉ TÉCNICO es honorífico,
por lo tanto no recibirán retribución alguna por el desempeño de sus funciones.
El COMITÉ TÉCNICO
tendrá a cargo las siguientes funciones:
a) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y dar
seguimiento al proceso anual del otorgamiento del PREMIO y del RECONOCIMIENTO y
a sus procedimientos.
b) Confeccionar y aprobar las bases para el
otorgamiento del PREMIO y del RECONOCIMIENTO, las que serán revisadas
anualmente.
c) Integrar los EQUIPOS EVALUADORES, a partir del
Registro de Evaluadores.
d) Nombrar el JURADO EVALUADOR, con inclusión de
los suplentes en casos de conflictos de intereses.
e) Convocar al JURADO EVALUADOR una vez que los
EQUIPOS EVALUADORES hayan presentado sus “Informes de Evaluación”.
f) Asesorar a los EQUIPOS EVALUADORES, al JURADO EVALUADOR
y a las organizaciones participantes.
g) Elaborar las metodologías para la evaluación de
las instituciones públicas participantes para el otorgamiento del PREMIO y del
RECONOCIMIENTO, que incluirán componentes de autoevaluación. Las metodologías que
se adopten comprenderán prácticas reconocidas y probadas en el ámbito
internacional para incrementar la eficiencia, la eficacia y la mejora general
de la calidad de los servicios en las instituciones públicas.
h) Elaborar el “Manual del Evaluador” para la
integración del Registro de Evaluadores y la selección de los miembros de los
EQUIPOS EVALUADORES.
i) Designar un miembro para que participe en las
sesiones deliberativas del JURADO EVALUADOR, con derecho a voz pero sin voto.
j) Distribuir entre las y los miembros del JURADO
EVALUADOR los “Informes de Evaluación” correspondientes de las organizaciones
postulantes, según estricto orden alfabético. El número de informes asignados a
cada miembro del JURADO EVALUADOR dependerá de la cantidad de organizaciones
postulantes que hayan superado las etapas previas.
k) Anunciar los fallos sobre el otorgamiento del
PREMIO y del RECONOCIMIENTO.