Artículo
4°—Toda solicitud para la compra y cambio de vehículos deberá ser
presentada a OFIPLAN por lo menos con veinte días hábiles de anticipación,
utilizando al efecto, el formulario a que se refiere el artículo 89 del
presente Reglamento. OFIPLAN resolverá dentro de los diez días hábiles
siguientes al recibo de la documentación. Autorizada la compra o el cambio .por
OFIPLAN, ésta remitirá de inmediato la documentación a
la Contraloría General
de
la República
, la cual deberá decidir dentro de los siete días hábiles siguientes al
recibo de los documentos. Si
la Contraloría
no tiene reparos que formular, la remitirá a la entidad solicitante para que
inicie los procedimientos de ley.
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