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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37567 >> Fecha 02/11/2012 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37567 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22° – Contenidos de los planes municipales

Los planes municipales de gestión integral de residuos sólidos deben contener lo siguiente:

a. Diagnóstico de la situación actual de la gestión de residuos sólidos en el cantón, que incluya:

1. Establecer la composición y generación de los residuos ordinarios producidos en el cantón en el último año. En caso de no contar con estudios de composición se pueden utilizar referencias nacionales o de instituciones de investigación del país que puedan ser validadas para la realidad del cantón. Además deben incluirse los residuos peligrosos y de manejo especial en caso de contar con esta información.

2. Frecuencia de recolección y cobertura (geográfica y porcentaje de población cubierta), además del porcentaje de población cubierta, y el número estimado de habitantes que cuentan con el servicio de recolección.

3. Registro de experiencias, iniciativas y recursos existentes en el cantón para la gestión integral de residuos.

4. Identificación y registro de tecnologías y prácticas de manejo existentes.

5. Sitios de disposición final, su vida útil, y cantidad depositada en toneladas por año, así como identificación de los sitios de disposición clandestina existentes en el cantón.

6. Determinar las fuentes financieras de recursos disponibles en el cantón para la atención de los servicios de gestión integral de residuos, tanto por la municipalidad, como por otros entes que se involucren en la gestión de residuos.

7. Establecer de forma puntual los problemas que tiene el cantón para lograr una gestión integral de residuos sólidos.

8. Establecer los requerimientos prioritarios para el cumplimiento de la legislación vigente respecto a la gestión integral de residuos sólidos.

                        b. Lineamientos estratégicos

                         

1. Alcance del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (cobertura geográfica, tiempo y tipo de residuos);

2. Objetivo general;

3. Objetivos específicos;

4. Plan de Acción, que contenga, a partir de los objetivos, metas, indicadores de cumplimiento de la meta, plazos estimados, de cumplimiento de la meta, actividades/acciones destinadas al cumplimiento de la meta, indicadores de avance, recursos humanos, financieros, responsables y cronograma.

 

El Anexo I contiene un formato de plan de acción que puede servir de guía a aquellas municipalidades que lo consideren pertinente.

                        c. Plan de monitoreo y control:

1. Descripción básica del sistema de monitoreo planteado, estableciendo responsables, áreas involucradas, fechas y frecuencias de aplicación.

2. Establecimiento de los indicadores para el monitoreo y evaluación.


 

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