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Artículo 3º.- El Sector Energía está integrado en la forma siguiente:
a) El Consejo Nacional Sectorial de Energía;
b) La Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial de Energía;
c) El Comité Técnico Sectorial de Energía;
ch) Los comités sectoriales regionales de Energía; y
d) Todos los mecanismos de coordinación y asesoría, comisiones, comités
y en general todos los que se establezcan por decisión del Ministro
de Energía.
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