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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 9877 >> Fecha 29/03/1979 >> Articulo 5
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<<     Artículo 5     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 9877 - Articulo 5
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Artículo 5    (No vigente*)
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Articulo 5°—Créase el Comité de Informática con el objeto de asesorar a la Comisión Nacional de Informática. Dicho Comité estará integrado por un representante de la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica, quien lo presidirá; un representante del Ministerio de Hacienda, un' representante de la Oficina de Información de la Presidencia de la República , quien actuará como secretario, y un representante del Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Además, la Comisión podrá conformar otros grupos especializados de trabajo a fin de asesorarse en aspectos específicos.

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