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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 9877 >> Fecha 29/03/1979 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 9877 - Articulo 11
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Artículo 11    (No vigente*)
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Artículo 11.—Para efectos de la aplicación de este .decreto, se entenderá por informática tanto el área del Sistema de Información corrió el área de la computación propiamente dicha.

 
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