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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38639 >> Fecha 25/06/2014 >> Articulo 56
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38639 - Articulo 56
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Artículo 56
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CAPÍTULO III

De la Administración

Artículo 56.—Las Instituciones de Educación Superior Parauniversitaria privadas tendrán un director, cuyo cargo será de carácter ejecutivo, responsable directo de ejercer la administración general. Para ser nombrado, deberá satisfacer los requisitos establecidos para los decanos de las instituciones parauniversitarias públicas en los incisos b), c), d) y e) del artículo 16 del presente reglamento.


 

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