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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15578 >> Fecha 17/08/1984 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15578 - Articulo 2
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Artículo 2
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2

ARTÖCULO 2§.-Encargar al Ministerio de Econom¡a y Comercio

y al Ministerio

de Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica Econ¢mica la elaboraci¢n de

una reforma

legal profunda para el sector turismo, modernizando la Ley

Org nica del Instituto

Costarricense del Turismo, estableciendo un r‚gimen de incentivos

adecuado

para la iniciativa privada y que permita profesionalizar

¢ptimamente a sus recursos

humanos. Para estos efectos se constituir  en el Ministerio de

Planificaci¢n

Nacional y Pol¡tica Econ¢mica una Comisi¢n interinstitucional,

integrada

tambi‚n por representantes de las C maras y Asociaciones

empresariales y profesionales

del sector turismo, la que tendr  un plazo de 3 meses desde su

constituci¢n

para presentar al Presidente de la Rep£blica el proyecto

elaborado.

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