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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14349 >> Fecha 08/03/1983 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14349 - Articulo 13
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Artículo 13    (No vigente*)
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Artículo 13.— La Secretaria Ejecutiva de Planificación Sectorial y Recursos Humanos, dispondrá para el cumplimiento de sus funciones de:

a) Las partidas contenidas en el presupuesto de la República ;

b) Los aportes de las instituciones del Sector que acuerden sus juntas Directivas y el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica;

c) Personal técnico y administrativo facilitado por Ias instituciones representadas en el Consejo Nacional Sectorial, cuando la Secretaría Ejecutiva así lo justifique y solicite por conducto del Ministro Sectorial y en su caso del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica con la aplicación del articulo 8° de la Ley de Planificación Nacional; y

d) Recursos provenientes de organismos internacionales.           

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