Artículo 3.- Diseño inclusivo y universal de los planes y programas de estudio.
El
Ministerio de Educación Pública planteará ante el Consejo Superior de Educación
para su aprobación, una propuesta curricular y un proceso de actualización
de planes y programas de estudio que incorporen el Diseño Universal para
el Aprendizaje, de forma tal que estos sean accesibles, flexibles,
contextualizados y desarrollen las capacidades de la población
estudiantil, incluyendo a las personas con discapacidad, en todos los
niveles y modalidades del Sistema Educativo Costarricense.
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