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CAPITULO II
De los objetivos del Subsector Turismo
ARTÖCULO 4§.-Las funciones y actividades que se desarrollen
en este Subsector,
deber n estar en estrecha vinculaci¢n con el Instituto
Costarricense de
Turismo, con el Ministerio de Econom¡a y Comercio y con el
Consejo Nacional
Sectorial de Econom¡a y Comercio, creado por decreto ejecutivo,
as¡ como con
el Ministerio de Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica Econ¢mica.
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