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ARTÖCULO 12.-La Comisi¢n Consultiva deber ser convocada por
el Ministro
Sectorial de Cultura por lo menos una vez al mes, la cual actuar
bajo su
Presidencia y tendr las siguientes funciones:
a) Dar consejo y apoyo al Ministro Sectorial para la pol¡tica
y acci¢n del
Sector Cultura.
b) Valorar las pol¡ticas y acciones del Sector Cultura, exponer
inquietudes y
recomendar al Ministro lo pertinente. Esta Comisi¢n podr
sesionar conjuntamente
con el Consejo Nacional Sectorial cuando el Ministro lo
considere
oportuno.
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