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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14434 >> Fecha 23/03/1983 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14434 - Articulo 22
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22

CAPITULO SETIMO

 

Del Comité Técnico Sectorial de Industria, Energía y Minas

 

Artículo 22.-El Comité Técnico Sectorial de Industria, Energía y Minas estará formado por los siguientes funcionarios:

 

a) El Director de la Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial de Industria, Energía y Minas, quien lo presidirá;

b) El Director de la División de Planificación y Coordinación Sectorial del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica o su representante permanente; y

c) Los Secretarios Técnicos Subsectoriales de Industria, Energía y Minas.

 

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