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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14434 >> Fecha 23/03/1983 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14434 - Articulo 32
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Artículo 32    (No vigente*)
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32

Artículo 32.-Corresponderá al Comité Sectorial Regional de Industria, Energía y Minas como tal, programar y coordinar las actividades del Sector Industria, Energía y Minas en la región, en apoyo tanto del Ministro de Industria, Energía y Minas como del Consejo Regional de Desarrollo, respectivos.

 

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