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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14694 >> Fecha 15/07/1983 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14694 - Articulo 4
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Artículo 4
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4

ARTÖCULO 4§.- Cualquiera que sea la modalidad y el objeto

del

contrato, ‚ste deber  contener asimismo la garant¡a del

contratista de

que la tecnolog¡a ser  transferida de manera correcta y completa

y de

que, utiliz ndola conforme con sus instrucciones, ella es

adecuada para

los fines perseguidos por la Administraci¢n, seg£n las hubiere

descrito

en el cartel respectivo.

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