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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15314 >> Fecha 10/03/1984 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 15314
Crea la Comisión Nacional para la Financiación Forestal
Texto Completo acta: 17BC2 1

N§ 15314-PLAN-MAG



EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA



Y LOS MINISTROS DE PLANIFICACION NACIONAL



Y POLITICA



ECONOMICA Y DE AGRICULTURA Y



GANADERIA,



Con fundamento en el art¡culo 18 de la Ley de Planificaci¢n



Nacional



N§ 5525 de 2 de mayo de 1974.



Considerando:



1§.-Que los bosques comerciales de Costa Rica se encuentran en



un estado



cr¡tico de agotamiento.



2§.-Que el sector forestal, en general carece de fuentes



adecuadas de



financiamiento que sirvan de est¡mulo para realizar



proyectos relacionados con



actividades de esa naturaleza.



3§.-Que es necesario manejar o reforestar a mediano plazo (4



a¤os) cerca



de 41 000 hect reas, que equivale a un tercio de la



superficie que se cortar¡a



en el mismo per¡odo, y a largo plazo (15 a¤os) manejar o



reforestar el cien



por ciento, aproximadamente 123 000 hect reas que se talar n



en ese lapso.



Por tanto,



DECRETAN:



ARTÖCULO 1§.-Cr,ase la Comisi¢n Nacional para la



Financiaci¢n Forestal



la cual estar  integrada de la siguiente manera:



- Un representante del Ministerio de Agricultura y



Ganader¡a, que ser  el



Director General Forestal.



- Un repres,ntate del Instituto Tecnol¢gico de Costa Rica,



que ser  el Director



de la carrera forestal.



- Tres representantes de la C mara Nacional de Empresarios



Forestales ...



(CANEFOR).



- Tres representantes de los Consorcios Regionales



Forestales.




Ficha articulo



ARTÖCULO 2§.-El representante del Ministerio de Agricultura



y Ganader¡a



ser  el Secretario de la Comisi¢n.




Ficha articulo



ARTÖCULO 3§.-La Comisi¢n tendr  su sede en San Jos,, se



reunir  ordinariamente



una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocada.




Ficha articulo



ARTÖCULO 4§.-Corresponder  a la Comisi¢n, como funci¢n



esencial, la consecuci¢n



de recursos econ¢micos para el fortalecimiento del sector



forestal.



Tambi,n tendr  como funci¢n:



- Proponer las medidas que considere convenientes para



lograr el mejor aprovechamiento



de los recursos que se obtengan y las dem s que se le



asigne.




Ficha articulo



ARTÖCULO 5§.-Rige a partir de su publicaci¢n.








Ficha articulo





Fecha de generación: 25/4/2024 21:17:59
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