Texto Completo acta: 3D8A0
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
N° 28945-MAG-MIDEPLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA
De conformidad con las facultades que les confieren los incisos 3) y
18) del artículo 140 de la Constitución Política y la Ley Nº 7064 del 29 de abril de
1987.
Considerando:
1ºQue en la Ley de Fomento a la Producción Agropecuario, N°
7064 de 29 de abril de 1987, se establece la Creación del Sector Agropecuario, como apoyo
al desarrollo agropecuario nacional.
2ºQue el artículo 34 de la Ley N° 7064, establece la
Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria (SEPSA), a la que le
corresponde asesorar, elaborar y evaluar los planes, programas, proyectos y propuestas, de
conformidad con los lineamientos contenidos en el marco de referencia política
establecida por el propio Ministro de Agricultura y Ganadería, con la Ley de
Planificación Nacional y otras disposiciones legales conexas.
3ºQue el nuevo entorno en que se desenvuelve la economía en
general y especialmente el Sector Agropecuario y el nuevo rol de las instituciones del
sector, hace necesario replantear el funcionamiento y la estructura operativa de la
Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria y de sus áreas
estratégicas.
4ºQue las tareas de formulación, seguimiento, evaluación y
análisis de políticas, planificación estratégica, cooperación internacional,
prospección y análisis de coyuntura e información estratégica deben ser prioritarias
para SEPSA, ya que con la ejecución de éstas podrá anticiparse a los cambios e
introducir ajustes en las estrategias productivas y comerciales del sector. Por tanto,
Decretan:
DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DE PLANIFICACIÓN
SECTORIAL AGROPECUARIA
De su constitución y funciones
Artículo 1ºLa Misión de la Secretaría es Asesorar
técnicamente al Ministro Rector del Sector Agropecuario y a las autoridades sectoriales
en la conducción eficiente y eficaz del desarrollo agropecuario nacional, con una visión
renovada de la agricultura bajo los principios de competitividad, sostenibilidad y equidad
y considerando los cambios en el entorno nacional e internacional.
Ficha articulo
De sus funciones
Artículo 2ºSEPSA desempeñará las siguientes funciones
generales:
a) Conducir en forma integrada y participativa el proceso de
formulación, difusión, inducción, seguimiento y evaluación de las políticas
sectoriales agropecuarias y por actividad productiva, así como el análisis, el
seguimiento y la evaluación de los recursos internos y externos que facilitan la
aplicación de las políticas agropecuarias.
b) Brindar una visión actualizada y prospectiva de la evolución del
Sector Agropecuario en todos los ámbitos, con el fin de proporcionar suficientes
elementos al Ministro Rector para la conducción eficaz del desarrollo agropecuario
nacional.
c) Diseñar, construir, desarrollar y administrar un sistema de
información, dirigido fundamentalmente a pequeños y medianos productores, que facilite
el acceso a información oportuna, veraz, actualizada, ágil y pertinente a las
necesidades de los usuarios, como insumo para el mejoramiento de la capacidad competitiva
de esos grupos de población y para el desarrollo del medio rural.
d) Promover la transformación y el fortalecimiento de los recursos
humanos del Sector Agropecuario, mediante la formulación de mecanismos de concertación
que involucren a todos los actores del ámbito agropecuario y rural bajo un enfoque que
considere las áreas de educación formal y no formal.
e) Coordinar el Comité Técnico Sectorial Agropecuario (COTECSA), y
apoyar la Junta de Jerarcas del Sector Agropecuario y otros foros del sector.
Ficha articulo
Artículo 3ºSEPSA para fines administrativos funcionará adscrita al Ministerio
de Agricultura y Ganadería, pero técnicamente fuera de éste.
Ficha articulo
Artículo 4ºSEPSA estará a cargo de un Director Ejecutivo de nombramiento y
remoción del Ministro Rector del Sector Agropecuario.
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Artículo 5ºSEPSA para el cumplimiento de sus funciones realizará en forma
prioritaria las tareas de formulación, seguimiento, evaluación y análisis de
políticas, planificación estratégica, cooperación internacional, prospección y
análisis de coyuntura e información estratégica, así como, la coordinación de los
programas sectoriales: Infoagro y Fortalecimiento de los Recursos Humanos.
Ficha articulo
Artículo 6ºSEPSA para su operación tendrá la siguiente
organización:
a) Dirección Ejecutiva, a la cual le corresponde la Coordinación de
los Programas Sectoriales, el Infoagro y el Fortalecimiento de los Recursos Humanos.
b) Área de Política Agropecuaria y Rural.
c) Área de Estudios Económicos e Información.
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Artículo 7ºEl Director Ejecutivo le corresponde planear,
dirigir, administrar, coordinar y supervisar la ejecución de las tareas de las Áreas
Operativas y de los Programas Sectoriales de la Secretaría, con el fin de alcanzar la
misión propuesta. Además de llevar a cabo diferentes acciones de asesoría y apoyo al
Ministro Rector y fungir como Secretario Técnico del Foro de Jerarcas del Sector
Agropecuario y tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar y apoyar al Ministro Rector y a los jerarcas
institucionales en la conducción del desarrollo del Sector Agropecuario.
b) Fungir como Secretario Técnico de los Foros o Reuniones de Jerarcas
de las instituciones del Sector Agropecuario y participar en las sesiones con derecho a
voz, así como dar seguimiento a los acuerdos tomados.
c) Organizar el control y seguimiento del Programa de Desarrollo
Agropecuario, por medio de la coordinación del Comité Técnico Sectorial Agropecuario
(COTECSA), integrado por los Directores de Planificación de las instituciones del Sector.
d) Orientar el proceso de planificación y ejecución de las políticas
agropecuarias y de desarrollo rural en las distintas regiones del país, mediante la
asesoría a los Comités Sectoriales Regionales Agropecuarios.
e) Coordinar la ejecución y seguimiento de los programas sectoriales
en apoyo a políticas y demandas específicas del sector público y privado (Sistema de
Información Agropecuario -INFOAGRO-, Programa de Fortalecimiento de los Recursos Humanos
del Sector Agropecuario y Programas Nacionales).
f) Facilitar a todas las instituciones del Sector Agropecuario, la
consecución de recursos de cooperación internacional, mediante el contacto permanente
con los organismos internacionales especializados.
g) Evaluar la marcha general del Sector Agropecuario y la acción
correspondiente de las instituciones relacionadas, con el fin de reformular políticas,
programas y proyectos que corrijan los principales errores detectados.
h) Proponer a los distintos niveles jerárquicos del Sector
Agropecuario, nuevos instrumentos, procedimientos, controles y sistemas de evaluación
para ser implementados en función del incremento de la eficiencia institucional.
i) Proponer al Ministro de Agricultura y Ganadería el nombramiento de
personal técnico y administrativo de carácter regular y temporal de SEPSA.
j) Brindar orientaciones y lineamientos generales para el accionar de
las distintas áreas técnicas de la Secretaría.
k) Validar la calidad de los informes y documentos publicados por las
áreas técnicas de la Secretaría.
l) Establecer relaciones técnicas y de coordinación con programas y
proyectos de índole sectorial e intersectorial.
m) Promover la capacitación del personal de acuerdo con sus funciones.
n) Elaborar, revisar y evaluar el Plan - Presupuesto de SEPSA.
o) A solicitud del Ministro Rector, representarlo en comisiones y
eventos de naturaleza sectorial, intersectorial e internacional.
p) Presentar al Ministro Rector informes periódicos del cumplimiento de la política
sectorial y el informe anual.
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Artículo 8ºAl Sistema de Información del Sector Agropecuario
(Infoagro), le corresponde diseñar, construir, desarrollar y administrar un sistema de
información, dirigido fundamentalmente a pequeños y medianos productores, que facilite
el acceso a información oportuna, veraz, actualizada, ágil y pertinente a sus
necesidades, para lo cual ejecutará las siguientes funciones:
a) Desarrollar procesos de inducción ante las distintas instancias
involucradas que permitan una incorporación eficiente y oportuna de información al
sistema.
b) Llevar a cabo procesos de negociación en todos los niveles que
permitan la implementación exitosa del programa.
c) Gestionar el establecimiento de convenios que permitan incorporar a
instancias especializadas en la capacitación a los Centros Rurales de Información.
d) Determinar las necesidades de información por parte de los usuarios
y facilitar y moderar procesos de consulta para determinación de las demandas de los
usuarios.
e) Llevar a cabo procesos de retroalimentación para adecuar la oferta
de información de Infoagro.
f) Apoyar y coordinar acciones con las otras áreas funcionales de
SEPSA.
g) Divulgar y difundir información especializada por medio del Sistema
de información estratégica a las instituciones y organizaciones de productores
agropecuarios, así como de otros sectores, en el nivel nacional, regional y local.
h) Dar seguimiento, monitorear y evaluar la calidad de la información
que está disponible en Infoagro.
i) Asesorar y apoyar a los Gerentes Sectoriales Regionales en la implementación,
seguimiento y evaluación del Sistema de Información Agropecuaria en el nivel regional.
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Artículo 9ºAl Programa Sectorial de Fortalecimiento del Recurso
Humano, le corresponde promover la transformación y el fortalecimiento de los recursos
humanos del Sector Agropecuario, mediante la formulación de mecanismos de concertación
que involucren a todos los actores del ámbito agropecuario y rural bajo un enfoque que
considere las áreas de educación formal y no formal y ejecutar las siguientes funciones:
a) Formular los programas correspondientes a las necesidades de
capacitación del Sector Público Agropecuario, en coordinación con las instituciones que
conforman el mismo.
b) Identificar y procurar la consecución de los recursos y el apoyo
logístico requeridos para la implementación y ejecución de los programas operativos.
c) Establecer los enlaces inter e intra institucionales (Sector
Público y Privado) requeridos para el cumplimiento de los objetivos del programa.
d) Determinar la oferta y demanda de los cuatro componentes del
Programa (Capacitación, Actualización, Educación Técnica y Educación Superior) en el
Sector Público y Privado.
e) Captar y canalizar recursos con el fin de fortalecer el Programa
para lo cual debe establecer los mecanismos que correspondan a fin de acceder a recursos
tanto nacionales como internacionales.
f) Colaborar en el diseño de las Políticas y Estrategias Sectoriales
Agropecuarias y Rurales relativas al fortalecimiento de los recursos humanos.
g) Analizar el efecto e impacto de las políticas y estrategias de
capacitación, actualización y formación (Educación Técnica y Superior) de los
recursos humanos del Sector Agropecuario.
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Artículo 10.El Área de Política Agropecuaria y Rural será la
responsable de conducir en forma integrada y participativa el proceso de formulación,
difusión, inducción, seguimiento y evaluación de las políticas sectoriales
agropecuarias y por actividad productiva, así como el análisis, el seguimiento y la
evaluación de los recursos internos y externos que facilitan la aplicación de las
políticas agropecuarias y sus funciones son las siguientes:
a) Llevar a cabo el análisis sobre el comportamiento del Sector
Agropecuario en función de las políticas aplicadas.
b) Formular la propuesta de Políticas y Estrategias Sectoriales
Agropecuarias, Rurales y por actividades productivas.
c) Establecer mecanismos de coordinación con el sector productivo en
el proceso de formulación de la política sectorial.
d) Elaborar el Programa de Desarrollo Agropecuario, el cual operativiza
la política sectorial.
e) Dar seguimiento y evaluar la ejecución de las políticas,
estrategias y programas en el nivel central y regional.
f) Determinar la oferta y la demanda anual del crédito para el Sector
Agropecuario y propiciar mecanismos y estrategias de negociación con la banca estatal y
privada para cubrir las necesidades de crédito en el Sector Agropecuario.
g) Llevar a cabo el seguimiento y evaluación del comportamiento del
gasto e ingreso, durante la ejecución para facilitar la toma de decisiones sobre
asignación y uso de recursos por los niveles gerenciales, sectoriales e institucionales.
h) Coordinar y evaluar la gestión sectorial e institucional por medio
del Sistema Nacional de Evaluación (SINE).
i) Asesorar y apoyar a los Gerentes Sectoriales Regionales en la
programación estratégica, seguimiento y evaluación de las acciones sectoriales, en el
nivel regional, así como la gestión y negociación de los recursos externos requeridos
en el nivel regional.
j) Elaborar en conjunto con el sector productivo, estudios de
competitividad y de sistemas agroalimentarios, que propicien la formulación de políticas
acertadas sobre las principales actividades productivas.
k) Orientar la oferta de cooperación internacional del Sector
Agropecuario de acuerdo con las políticas y las necesidades sectoriales de manera que
contribuya al desarrollo eficiente de las instituciones y organizaciones de productores,
que conforman el Sector.
l) Asesorar a las instancias decisoras del Sector Agropecuario y a las
organizaciones productivas, en materia de Cooperación Internacional, sobre posibles
fuentes, requisitos y formas de accesar dichas fuentes, con el fin de converger la demanda
con la oferta.
m) Coordinar la gestión de la cooperación internacional, por medio de
los enlaces de cooperación de cada una de las instituciones del Sector.
n) Asesorar y capacitar a los funcionarios del sector en la
identificación, formulación, tramitación y negociación de recursos, así como en la
organización para la ejecución de proyectos de cooperación internacional.
o) Dar seguimiento a los procesos de negociación con las fuentes cooperantes y tomar
las acciones necesarias para lograr la aprobación de las solicitudes presentadas.
Ficha articulo
Artículo 11.El Área de Estudios Económicos e Información
será la responsable de brindar una visión actualizada y prospectiva de la evolución del
Sector Agropecuario en todos los ámbitos, con el fin de proporcionar suficientes
elementos al Ministro Rector para la conducción eficaz del desarrollo agropecuario
nacional, mediante la ejecución de las siguientes funciones:
a) Llevar a cabo estudios de coyuntura del Sector Agropecuario, con el
fin de informar al Ministro rector, en forma oportuna, sobre el comportamiento del mismo.
b) Preparar análisis sobre el entorno nacional e internacional, con
énfasis sobre aquellos aspectos de mayor incidencia en el accionar del Sector
agropecuario.
c) Preparar informes de alerta para el Ministro y las autoridades
sectoriales sobre aspectos relevantes y urgentes que incidan sobre el sector agropecuario
d) Apoyar los esfuerzos al nivel de Despacho en cuanto al proceso de
negociaciones comerciales.
e) Determinar las necesidades de información requerida para la toma de
decisiones de los jerarcas de las instituciones públicas y el sector productivo.
f) Diseñar y ejecutar estrategias de recolección, sistematización,
análisis y difusión de información de acuerdo con las necesidades sectoriales y el
sector económico gubernamental.
g) Coordinar con otras instancias vinculadas, tales como el BCCR y el
INEC la generación de información requerida para la toma de decisiones y los análisis
de comportamiento global del sector.
h) Difundir información estratégica a las autoridades sectoriales,
instituciones y organizaciones de productores, a escala nacional y regional.
i) Consolidarse en un centro de referencia de excelencia de
información para el sector agropecuario y el medio rural.
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Artículo 13.Rige a partir de su publicación.
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Fecha de generación: 24/2/2024 08:47:17
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