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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32364 >> Fecha 12/04/2005 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 32364
Establece los lineamientos Técnicos, metodológicos para la elaboración de la estructura del Plan Anual Operativo, para las entidadea públicas, ministerios y demás órganos.
Texto Completo acta: AC073 Nº 32364

(Este decreto fue derogado por el artículo 4° del decreto ejecutivo N° 33823 del 25 de mayo de 2007)



Nº 32364
 
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL MINISTRO
DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

        En ejercicio de las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; los artículos 25.1, 27, inciso 1) y 28.2, inciso b), de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; los artículos 1º y 2º, inciso e), de la Ley de Planificación Nacional, Nº 5525 del 2 de mayo de 1974; los artículos 1º, 4º, 33 y 35 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nº 8131 del 18 de setiembre del 2001 y los artículos 4º, 19, inciso i), y 69 del Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN del 19 de diciembre del 2001 y sus reformas, los artículos 7º y 8º del Decreto Ejecutivo Nº 32270-H del 1º de marzo del 2005.



Considerando:



        I.—Que la Ley de Planificación Nacional establece que para alcanzar sus objetivos, el Sistema Nacional de Planificación tiene dentro de sus funciones evaluar de modo sistemático y permanente los resultados que se obtengan de la ejecución de planes, políticas y programas. Para ello se han diseñado medida de seguimiento y evaluación del denominado "Plan Anual Operativo" (PAO).



        II.—Que la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (LAFRPP), su Reglamento y sus reformas, establecen que todo presupuesto público debe responder a los planes anuales operativos (PAO) institucionales, de mediano y largo plazo, adoptados por los jerarcas respectivos, dentro del marco global orientador del Plan Nacional de Desarrollo.



        III.—Que la LAFRPP establece la obligación al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) y al Ministerio de Hacienda de elaborar los informes de la ejecución presupuestaria con base en el cumplimiento de las metas, los objetivos, las prioridades y las acciones estratégicas del Plan Nacional de Desarrollo y su aporte al desarrollo económico-social del país y de los resultados físicos de los programas ejecutados durante el ejercicio económico respectivo; que permitan medir la efectividad de los programas, el costo unitario de los servicios y la eficiencia en el uso de los recursos públicos, según su competencia.



        IV.—Que para cumplir con la normativa legal indicada, el Ministerio de Hacienda y MIDEPLAN, en coordinación con la Contraloría General de la República, de acuerdo con las necesidades de cada instancia, deben emitir los lineamientos técnicos y metodológicos a seguir por las entidades públicas, ministerios y demás órganos, en la elaboración de la estructura de PAO, el cual constituye el instrumento para la formulación de los respectivos presupuestos y para el seguimiento y evaluación de la gestión institucional y del Plan Nacional de Desarrollo.



        V.—Que para una mayor facilidad de acceso, los lineamientos técnicos y metodológicos para la formulación de la estructura de PAO, se publicarán en las páginas electrónicas de MIDEPLAN y del Ministerio de Hacienda. Por tanto:



DECRETAN:



        Artículo 1º—Díctase el documento denominado "Lineamientos técnicos y metodológicos para la elaboración de la estructura de Plan Anual Operativo, para las entidades públicas, ministerios y demás órganos".




Ficha articulo



    Artículo 2º-Los "Lineamientos Técnicos y Metodológicos para la Elaboración de la Estructura de Plan Anual Operativo para las Entidades Públicas, Ministerios y demás órganos" estarán disponibles en los sitios electrónicos de los Ministerios de Planificación Nacional y Política Económica y de Hacienda



 



   (Así reformado  por el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 33587  de 31 de enero de 2007)




Ficha articulo



    Artículo 3º-Las modificaciones de los "Lineamientos Técnicos y Metodológicos para la Elaboración de la Estructura de Plan Anual Operativo para las Entidades Públicas, Ministerios y demás órganos" estarán a cargo del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y del Ministerio de Hacienda, en consulta previa ante la Controlaría General de la República; se publicarán en los sitios electrónicos de ambos Ministerios y se comunicarán vía circular a los jerarcas institucionales.


(Así  reformado por el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 33587 de 31 de enero de 2007)

 



 



      




Ficha articulo



        Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.



        Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los doce días del mes de abril del año dos mil cinco.



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 20/4/2024 03:15:40
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