Texto Completo acta: AC1E6
N° 11369
N° 11369
EL PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA, EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Y EL
MINISTRO-DIRECTOR DE LA OFICINA DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA ECONOMICA,
En uso de las facultades que les confiere
el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y, de acuerdo con
lo dispuesto en la Norma General Centesimodecimosegunda
de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Fiscal de 1980,
DECRETAN:
Artículo 1°-Refórmanse
los artículos 3° y 12 del Decreto Ejecutivo número 11042-0P del veintiuno de
diciembre de 1979, los cuales se leerán así:
"Artículo 3°-Se entenderá por viajes al
exterior los que realicen los funcionarios en razón del desempeño de sus cargos
y los que realicen aquellas personas particulares en misión oficial,
debidamente acreditada por decreto ejecutivo, financiados o no por la
Administración correspondiente, incluyendo las becas de estudio.
No se
considerarán viajes al exterior los que deban realizar los funcionarios del Servicio
Exterior radicados en un país extranjero, llamados en consulta por el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para regresar a dicho país".
"Artículo 12.-Todo funcionario que viaje al exterior dentro de los términos de
este Reglamento, en representación oficial del Gobierno de la República, deberá
contar, previamente a la salida del país, con las credenciales respectivas
extendidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que lo acrediten
debidamente para el cumplimiento de la misión.
La solicitud
deberá ser formulada por la institución que promueva el viaje, con ocho días de
anticipación, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Toda solicitud de
autorización de viaje deberá presentarse en el formulario correspondiente establecido
por la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica".
Ficha articulo
Artículo 2°-Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Casa Presidencial. -San José, a
los ocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta.
Ficha articulo
Fecha de generación: 12/3/2024 03:53:37