N°
34659-MP-PLAN
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
37498 del 9 de noviembre de 2012, "Derogatoria de normativa que comprenda
órganos interinstitucionales constituidos ad hoc que hayan concluido su ciclo
operativo o haya entrado en desuso")
EL PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA
PRESIDENCIA
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en lo dispuesto en artículos 140
incisos 3), 8), 18) y 20) y 146, de
la Constitución
Política, 25.1, 27.1, 99 y 100 de
la Ley General de
la Administración
Pública (N° 6227 de 02 de mayo de 1978) y 1, 2, 3 inciso c),
5, 19 y 21 de la Ley
de Planificación Nacional (N° 5525 de 02 de mayo de 1974).
Considerando:
I.-Que
la Administración Arias
Sánchez, consciente de la importancia de promover acciones que beneficien
espacios geográficos de menor desarrollo social, ha planteado la necesidad de
fortalecer el proceso de planificación como instrumento fundamental para
alcanzar los objetivos del desarrollo que permitan mejorar el bienestar de la
población costarricense.
II.-Que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), en el marco de su competencia, planteó y realizó un trabajo de
planeamiento en la provincia de Guanacaste, con la participación de diferentes
actores: municipalidades, delegados presidenciales, diputados, instituciones
públicas, así como organizaciones privadas y comunales presentes en la
provincia. El trabajo fue realizado mediante talleres de análisis de la
problemática en diversos aspectos de desarrollo y la viabilidad de ejecución
política y financiera de sus posibles soluciones, todo lo cual se concretizó en
la propuesta de un "Plan de Acción para la provincia de Guanacaste para el
periodo 2008-2010".
III.-Que este Plan detalla un conjunto de acciones complementarias a
las definidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 Jorge Manuel Dengo
Obregón, en función de los retos específicos que enfrenta la provincia de
Guanacaste en la presente coyuntura histórica y definidos, como se mencionó
anteriormente, en conjunto con representantes de la comunidad.
IV.-Que la participación ciudadana en la supervisión de la función
pública es un ejercicio democrático, consistente con las mejores tradiciones
cívicas costarricenses, por lo que se valora oportuno establecer un mecanismo
de seguimiento del mencionado Plan de Acción, en el cual diferentes sectores de
la Provincia
de Guanacaste, tengan un papel preponderante en la auditoría del cumplimiento
de las políticas públicas. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º-Se emite el "Plan de Acción para
la Provincia de Guanacaste
para el periodo 2008-2010",
elaborado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), como instrumento para contribuir con el desarrollo social,
económico y ambiental de la provincia, mediante la ejecución de acciones
estratégicas que impulsen la reducción de las brechas geográficas de
desarrollo, creando mecanismos de rendición de cuentas, de articulación
institucional y de participación ciudadana. El Plan comprende tres ejes de
ejecución: a) Gestión integrada del recurso hídrico, manejo de los desechos
sólidos y planes reguladores: b) Producción, infraestructura y energía; y c)
Acceso a los servicios básicos: educación, salud, vivienda y seguridad
ciudadana. El documento está disponible en el sitio electrónico de MIDEPLAN.