N° 12235-H-OP
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
37498 del 9 de noviembre de 2012, "Derogatoria de normativa que comprenda
órganos interinstitucionales constituidos ad hoc que hayan concluido su ciclo
operativo o haya entrado en desuso")
EL
PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA
,
EL
MINISTRO DE HACIENDA Y EL MINISTRO-DIRECTOR
DE LA OFICINA DE PLANIFICACION NACIONAL y POLITICA ECONOMICA,
En
uso de las facultades conferidas en los artículos 14D, incisos 3) Y 18) de
la Constitución Política
y 27. 1 de
la Ley General
de
la Administración Pública
, y
Considerando:
Que nuestro país atraviesa en estos momentos una situación
que requiere revisar cuidadosamente el uso de las partidas destinadas a nuevas
obras durante el presente año.
Por
tanto,
DECRETAN:
Artículo
1°-Créase una comisión integrada por funcionarios de
la Oficina
de Presupuesto Nacional, de
la Oficina
de Planificación Nacional y Política Económica, y el Ministerio de Hacienda,
quien la coordinará, encargada de revisar las partidas destinadas a obras
nuevas, asignadas en el Presupuesto General de
la República
para el presente año.
Ficha articuloArtículo 2°-Dicha comisión, deberá rendir informe en el término
de un mes a partir de la publicación del presente decreto, mediante el cual
recomendará al Ministro de Hacienda las obras nuevas que sdn indispensables y
cuya construcción deviene necesaria en el presente año.
Ficha articulo
Artículo 3°-Para
su informe, la comisión deberá cuidar que no afecten las partidas vinculadas
directamente con el mejoramiento de la infraestructura productiva, de aquéllas
que tienden a la conservación de monumentos nacionales y de las que tengan como
objetivo el desarrollo urbano.
Ficha articulo
Artículo
4°-Para el cumplimiento de sus atribuciones, la presente Comisión tendrá
facultades suficientes para requerir la información y colaboración necesarias
de los organismos del Poder Central.
Ficha articulo
Artículo
5°-Rige a partir de su publicación.
Dado
en la Presidencia de la República. -San José, a los veintiséis días del mes
de enero de mil novecientos ochenta y uno.
Ficha articulo
Fecha de generación: 25/4/2024 19:29:54